Pyme Digital

El programa Pyme Digital contribuye a la consecución del objetivo específico de aprovechamiento de las ventajas de la digitalización para los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas.

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Motril informa de la Convocatoria Pública de ayudas para el desarrollo de planes de apoyo de soluciones TIC en el marco del Programa Pyme Digital, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

Cómo funciona 

El programa consta de 2 fases: FASE 1: Diagnóstico asistido de TIC: Esta fase incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado, se realizará un análisis del nivel de digitalización de la empresa, sobre 3 líneas de actuación:

  • Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, CRM, ERP y Cloud Computing.
  • Comercio electrónico.
  • Marketing digital: SEO, SEM, analítica web, reputación online, aplicaciones móviles, email marketing.

Para la ejecución de esta fase del programa, contarán con una serie de asesores tecnológicos pertenecientes a la Cámara.

FASE 2: implantación: Tras el análisis TIC de cada empresa y el Plan Personalizado de Implantación, una serie de proveedores externos a la Cámara realizarán la implantación de soluciones TIC para cada empresa, junto con la memoria del proyecto que van a implantar.

IMPORTE:

  • Diagnóstico (FASE I): sin coste para el autónomo o pyme.
  • Implantación del plan (FASE II): subvencionamos hasta un 85% para inversiones de un máximo de 7.000 € en desarrollo tecnológico.

Duración

El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se iniciará a las 09:00h, transcurridos 5 días hábiles desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, y tendrá una vigencia de 10 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.

Beneficiarios

Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Motril, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.

Requisitos

Las condiciones imprescindibles para ser beneficiario del programa de ayudas son:

  • Ser una pequeña y mediana empresa, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf.
  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.
  • Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Motril, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión.
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Exclusiones

  • Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
  • Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
  • No podrán participar en la Fase I de asesoramiento a través del Diagnóstico Asistido en innovación aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la convocatoria del programa “TICCÁMARAS” de la anualidad 2023.
  • No podrán ser beneficiarias de la Fase II de Ayudas las empresas que hubieran resultado beneficiarias en la citada convocatoria 2023.
  • No podrá financiarse en la Fase de Implantación de Ayudas, aquellas soluciones tecnológicas que se hayan financiado en el programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.

Objeto

Concesión de ayudas para desarrollar Planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del Programa Pyme Digital, subvencionados en un 85% a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 (POPE).

Cuantía.

La cuantía máxima de ayuda por empresa será de 6.366,50 €. sobre un presupuesto máximo elegible de 7.490,00 € (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados), que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 85%

Estas ayudas forman parte de Programa Pyme Digital, cuyo presupuesto máximo de ejecución es de (por determinar) en el marco del «Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 y que incluye los servicios gratuitos de diagnóstico y seguimiento.

Solicitudes. Plazo presentación

Desde las 09:00h del jueves 23 de mayo hasta las 14:00h del miércoles 5 de junio de 2024

Inicio plazo solicitudes: 9:00h del 23 de mayo de 2024

Fin plazo solicitudes: 14:00h del 5 de junio de 2024

Lugar de presentación solicitudes: telemática, a través de sede electrónica, pinchando en este enlace: https://sede.camara.es/sede/motril

Fecha listado provisional: 6 de junio de 2024

Plazo alegaciones al listado provisional: del 7 de junio al 13 de junio de 2024

Listado definitivo: 14 junio de 2024

CELEBRACIÓN SORTEO ANTE NOTARIO

Fecha y lugar: 17 de junio de 2024 a las 12:00h Coworking Digital Motril Conecta (Calle Río Mundo, 1, Bajo, Local 6)

Las solicitudes de participación de empresas al Programa serán analizadas atendiendo al orden de prelación resultante del sorteo, hasta el agotamiento de los fondos disponibles. Por tanto, las ayudas se concederán, siguiendo el citado orden de prelación, a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria para ser beneficiario, hasta agotar la cuantía total máxima de las ayudas prevista en el apartado 6 de la Convocatoria Pública de Ayudas.

La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante publicación en la página web sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los plazos a los que dé lugar la resolución del procedimiento se computarán desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma.

Estos listados (provisionales y definitivos) se expondrán en la Sede electrónica y en la Página Web de la Cámara de Motril

Enlaces

Convocatoria Pyme Digital

Publicación BOP

Anexo I. Descripción del Programa Pyme Digital

Anexo II. Declaración Responsable empresa solicitante.

Anexo III. Convenio Deca empresa Beneficiaria – Cámara

Anexo IV. Anexo al convenio DECA_Plazo ejecución y condiciones elegibilidad de los gastos

Anexo V. Tipología y Justificación de Gastos Elegibles Fase II Pyme Digital

Listado solicitudes registradas en sede electrónica

Listado provisional admitidos y no admitidos a sorteo

Fecha sorteo

Listado definitivo solicitudes admitidas y no admitidas a sorteo

Listado de solicitudes ordenadas para su valoración tras sorteo ante notario

ANEXOS SEDE ELECTRÓNICA

Resolución grupal admisión 1

Resolución grupal admisión 2

Resolución grupal admisión 3

Resolución grupal denegación